Mediante Resolución Ministerial Nº 249-2012-MEM/DM publicado el 26/05/2012, se ha creado el REGISTRO ESPECIAL DE COMERCIALIZADORES Y PROCESADORES DE ORO - RECPO, en el cual deberán inscribirse obligatoriamente todas las personas naturales o jurídicas que se dedican a la compraventa y/o refinación de oro, quienes están obligadas a llevar un registro detallado de sus proveedores y del destino del oro metálico.